viernes, octubre 20, 2006

QUÉ SE TEME
  • Aparte de Cuba, Chile es el único país latinoamericano que todavía no ha entregado ratificación parlamentaria al TPI.

La Corte Penal Internacional (también conocida como Tribunal Penal Internacional -TPI-) se aprobó con el voto favorable de 120 países (entre ellos Chile); 7 se opusieron (USA, Israel, China, Irak, Libia, Qatar y Yemen) y 21 se abstuvieron. Opera desde 1º de julio de 2002.

En pocas palabras, el TPI constituye la respuesta de la comunidad internacional a la necesidad de contar con un órgano de jurisdicción permanente y carácter supranacional, que juzgue delitos que, por su gravedad, no debieran dejar indiferente a nadie: i) crímenes de genocidio, ii) de lesa humanidad, iii) de guerra y, iv) de agresión. Ninguno más. Sólo esos cuatro.

Además, su competencia es residual: nace cuando las cortes nacionales no pueden o no tienen voluntad para juzgar esos delitos. O sea, con el TPI se evita una impunidad que no tiene sustento ético alguno.

Hasta la fecha, 139 países han adherido al mismo (entre los cuales está Chile) y 102 países ya lo han ratificado por sus congresos u órganos competentes (lo que pretende hacer Chile en estos momentos).

La ratificación por el Congreso de Chile del TPI (el único país latinoamericano que aún no lo ha hecho junto con Cuba) se ha entrampado al surgir voces que se oponen esgrimiendo que se debilitaría la soberanía nacional.

El actual sistema de integración mundial se basa, entre otros elementos, en que los Estados entregan, como contrapartida a usufructuar de los beneficios de la globalización, una cuota de soberanía al establecer mecanismos de solución de controversias, como son el TIP y el CIADI, y que naturalmente significan una pérdida racional (e interesada) de soberanía. A modo ilustrativo, todos los tratados de libre comercio (TLC) suscritos por Chile en el último tiempo (con la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá, México, Corea y China) contienen en tal sentido un desprendimiento de soberanía. Hasta la fecha, esa circunstancia es observada como una garantía para las inversiones y no como una restricción arbitraria a la soberanía nacional.

Oponerse al TPI fundado en que su ratificación constituye una cesión fundamental de soberanía a la par que significa entregarle a un simposio de abogados las decisiones básicas y fundamentales del Estado es un argumento tan troglodita como afirmar que los medios de producción deben pertenecer al Estado para asegurar el principio de solidaridad.

Tal como el respeto de nuestras inversiones en el extranjero exige reconocer soberanía a tribunales internacionales; del mismo modo, la ratificación del TPI constituye una garantía adicional a que Chile y en Chile no se cometerán crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra y de agresión.

No veo cuál pueda ser la inquietud que causa esa ratificación cuando Chile no tiene aspiraciones hegemónicas, como Estados Unidos. Como simple ciudadano, me sentiría más seguro si todos los países del mundo estuviesen bajo la competencia del TPI, ¿no les parece?

(Publicado en Revista Capital N°189, septiembre de 2006, p. 128)

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